Renta Basica de Emancipación

Desde el 2 de enero, los jóvenes que cumplan los requisitos podrán ya presentar la solicitud de la Renta Básica de Emancipación, la ayuda de 210 euros al mes para el alquiler, en las oficinas de vivienda de las comunidades autónomas,, más un préstamo de 600 euros para la fianza y de 120 para el coste financiero del aval.


La duración de la ayuda es de cuatro años, sean o no consecutivos, y sólo habrá una prestación por piso alquilado, la tramitación de ésta puede prolongarse hasta dos meses, si bien los perceptores tienen derecho a recibir las ayudas desde el mes siguiente a la fecha en la que se formalizó la solicitud.

Para poder recibir esta ayuda, hay que tener entre 22 y 30 años, ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda en la que residan con carácter habitual y permanente, y disponer de una fuente regular de ingresos que reporte unos ingresos brutos anuales inferiores a 22.000 euros,para que se reconozca una fuente regular de ingresos, el interesado debe acreditar una vida laboral de al menos seis meses de antigüedad inmediatamente anteriores al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos seis meses contados desde el día de la petición.


Existe un apartado específico para aquellos jóvenes que aún no tienen un contrato de alquiler y desean emanciparse,en ese caso, pueden solicitar las ayudas y, si cumplen todos los requisitos, se les reconoce provisionalmente el derecho a recibir la Renta, desde ese momento, tienen tres meses de plazo para presentar un contrato de alquiler.

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